Artículo 97° Fracción XIII
Los resultados de los estudios o investigaciones de naturaleza económica, política y social que realicen los centros de estudio o investigación legislativa.
Artículo 97 ° Fracción XIII Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Sinaloa
Descripción: El Poder Legislativo deberá publicar los resultados de los estudios e investigaciones, que realicen los centros de investigación, institutos, comisiones, comités, grupos parlamentarios o cualquier órgano legislativo homólogo que lleve a cabo estudios en materia económica, política y social. El órgano legislativo publicará la información de esta fracción de conformidad con la normatividad aplicable.